TRANSNACIONALES
06/02/2012UBICACIÓN
31/03/2012«El derecho al desarrollo de los pueblos indígenas conlleva el derecho a determinar su propio ritmo de cambio, de acuerdo con su propia visión del desarrollo, y que ese derecho implique poder decir no a los grandes proyectos que impacten de forma determinante en sus vidas.«
A lo largo y ancho de América Latina, organizaciones indígenas, civiles y sociales han denunciado la injerencia de empresas nacionales y transnacionales en territorios de poblaciones indígenas, escudándose en el término «desarrollo» como la pretensión de promoción del ámbito económico y social de un país, mientras que el interés de estas empresas se ha traducido en el máximo aprovechamiento de los recursos naturales, lo que ha conllevado la devastación de la naturaleza y el desmantelamiento de las formas de vida y culturas enraizadas en tradiciones ancestrales.
En algún punto, plataformas multilaterales vieron necesario regular la forma y los modos de desarrollo que cada pueblo o comunidad desee aplicar, porque no se trata de que las poblaciones indígenas no quieran vivir mejor, ni que aspiren a un mejor bienestar, sino que lo puedan hacer a su modo, en sus tiempos y de la manera que más ayude a las generaciones venideras para entregar un futuro también mejor. Lo que muchos han llamado la libre determinación de los pueblos indígenas, o el «buen vivir» de los tsotsiles y tseltales de Chiapas, resumido en su lekil kuxlejal, la integración armónica del individuo, la comunidad y la naturaleza.
Al margen de cuestionar la idea de desarrollo de unas y de otros, el problema que sufren muchas poblaciones indígenas se fundamenta en que sus territorios, sus suelos o lugares sagrados, son fuentes de ricos bienes naturales, muy deseables para los sectores privados y poderes que los regulan. El agua, montañas, bosques, son vistos como escenarios perfectos para represas, minas, carreteras y centros ecoturísticos, entre otros megaproyectos. Zonas que antaño no tenían ningún interés, ahora resultan estratégicas a los ojos del actual mercado neoliberal.
En la idea del derecho a la consulta subyace el esfuerzo por reconocer a los pueblos indígenas como los actores legítimos para tomar decisiones sobre su propio destino. Es una expresión práctica y concreta de su derecho más amplio a la libre determinación. No es el Estado, u otro tipo de poderes fácticos, quienes deben determinar qué es lo que más conviene para el desarrollo de los pueblos y comunidades. Es un mecanismo capaz de revertir los patrones históricos de exclusión de los pueblos indígenas de los espacios de toma de decisiones y, por lo tanto, evitar la imposición de esquemas del pasado.
Mecanismos internacionales sobre consulta y derechos indígenas
Los avances en el debate sobre los derechos de los pueblos indígenas y en particular el tema del derecho a la consulta y el consentimiento libre, previo e informado se han trasladado a la elaboración de varios convenios internacionales. Plantean que el derecho a la consulta debe ser comprendido como eminentemente colectivo, como un mecanismo con el que los pueblos y comunidades cuentan para defender otros derechos colectivos, tales como su derecho a la identidad cultural, a su tierra, territorio y recursos naturales, a conservar sus instituciones y sistemas normativos y, en casos extremos, su derecho a la propia supervivencia como pueblos. Para asegurar la participación de los pueblos indígenas, el Estado tiene el deber de consultar de forma activa con la comunidad, según sus costumbres y tradiciones, aceptar y brindar información y promover la comunicación constante entre las partes, sin que se les pretenda engañar, traicionar o brindar información sesgada o parcial. Los procesos de consulta, así como la decisión de los pueblos que éstos arrojen, no deben considerarse una mera formalidad.
En este sentido, los gobiernos tienen la responsabilidad de garantizar la realización de estudios de impacto social y ambiental en cooperación con los pueblos indígenas, a fin de evaluar la incidencia social, espiritual, cultural, y medioambiental. Sus resultados deberán ser criterios fundamentales para llevar a cabo o no los proyectos de desarrollo.
En 1990 el Estado mexicano ratificó el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), uno de los instrumentos más antiguos y que con mayor especificidad reconoce y protege los derechos de los pueblos indígenas, en especial el derecho a la consulta, ya que establece que los pueblos indígenas deben participar de manera eficaz en los procesos de toma de decisiones que puedan afectar a sus derechos e intereses.
La Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de 2007, respaldada por México en 2009, es otro de los mecanismos internacionales más completos sobre los derechos de los pueblos indígenas. Concretamente, el artículo 19 señala que «los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas interesados […] antes de adoptar y aplicar medidas legislativas o administrativas que los afecten, a fin de obtener su consentimiento libre, previo e informado».
La ausencia de consulta libre, previa e informada puede generar contextos de violencia y división
La consulta debe ser previa, es decir, «antes de emprender o autorizar cualquier programa de prospección o explotación de los recursos existentes en sus tierras» (Convenio 169). En muchos casos, cuando las poblaciones indígenas no fueron previamente informadas y deciden oponerse a los proyectos, suelen confrontar contextos de violencia, por omisión de la protección de las instancias de seguridad pública, o desde esos mismos organismos. En 2006 llegó a San José del Progreso, Oaxaca, la compañía canadiense Fortuna Silver, que opera a través de la subsidiaria mexicana minera Cuzcatlán, ya que la empresa obtuvo el permiso de las autoridades locales para su proyecto de extracción sin que el resto de la comunidad hubiera sido informada. Desde entonces, el sector de la comunidad que se opone a la mina ha sido víctima de constantes agresiones, amenazas, detenciones arbitrarias y criminalización de la protesta. En marzo de 2009, pobladores afectados por la empresa decidieron bloquear los accesos a las instalaciones de la mina para exigir se replantearan los permisos y autorizaciones otorgados para el proyecto de exploración, lo que conllevó un operativo policíaco-militar. La comunidad sufre una profunda división interna, y sus derechos a la consulta y al consentimiento siguen siendo vulnerados mientras que la compañía minera avanza con sus trabajos. El pasado 18 de enero conmocionó el asesinato de un integrante de la Coordinadora de Pueblos Unidos del Valle de Ocotlán (CPUVO) que fue herido de bala presuntamente por policías e miembros del municipio cuando protestaba por la colocación en sus terrenos de una tubería que permitiría la explotación hídrica para la compañía minera, permiso para ello otorgado por las autoridades municipales, sin consentimiento previo de la población. El conflicto se agudiza cada vez más y podría culminar en un estallido social.
Información y retroceso
El verdadero ejercicio del derecho a la consulta exige que se realice libre de coerción, intimidación, o manipulación. Incluso, el planteamiento en disyuntiva sobre desarrollarse o continuar en la pobreza y marginación también puede ser considerado como una forma de coerción a la decisión de los pueblos indígenas. De igual forma, como lo establecen los estándares internacionales, los pueblos deben contar con la suficiente información que les permita tomar una posición con respecto al proyecto consultado. Si existiera algún vicio o se incumpliera con alguno de los principios en un verdadero proceso de consulta, las comunidades y pueblos tendrían el derecho a impugnar la decisión mediante la cual se pone en marcha dicho proyecto. En el caso de la comunidad San Dionisio del Mar, en el Istmo de Tehuantepec, Oaxaca, el pasado enero se celebró una asamblea entre los comuneros en la cual analizaron las condiciones en que se firmó el contrato de usufructo con la empresa Preneal en 2004. Denunciaron que «no se informó a los comuneros del alcance y significado del parque eólico en el territorio del pueblo Ikojts». Por consiguiente, acordaron de forma unánime revocar el contrato con dicha empresa «por ser un contrato firmado con engaños y mala fe, con el objeto de obtener un alto beneficio económico, aprovechándose de nuestro desconocimiento de las leyes nacionales e internacionales, con lo cual se violento nuestro derecho como pueblo indígena a la información oportuna, amplia, suficiente y adecuada». El conflicto en la comunidad inició el 29 de enero, cuando el Alcalde informó de la autorización de los permisos de cambio de uso de suelo para el proyecto eólico que se pretende construir en la comunidad de Pueblo Viejo para la empresa Macquaire (antes Preneal), por cuyos permisos el alcalde recibiría 17 millones de pesos según acusaron estos últimos. En protesta, los pobladores tomaron el palacio municipal.
Cultura y medioambiente: símbolos para los pueblos indígenas
En ocasiones, los lugares potencialmente explotables económicamente contienen una importancia cultural o espiritual fundamental para las tradiciones y cosmovisión de los pueblos originarios. Claramente, el cuidado de estas zonas en un sentido medioambiental, y para la propia salud de los pobladores, es recurso primordial para los posibles afectados por los proyectos. Un ejemplo es Wirikuta, lugar sagrado y ruta de peregrinación para el pueblo Wixárika, en San Luis Potosí, donde el Gobierno mexicano otorgó 22 concesiones mineras sin consentimiento previo a la compañía canadiense First Majestic Silver Corp. y sus contrapartes mexicanas, Minera Real Bonanza y Minera Real de Catorce. Tunuary Chávez, encargado del análisis ambiental y manejo forestal de la Asociación Jalisciense de Apoyo a Grupos Indígenas (AJAGI) afirma: «La contaminación de metales pesados es permanente y eliminarla es prácticamente imposible una vez que haya entrado en la cadena alimenticia, es persistente e irreversible y esto ya está comprobado en Wirikuta». A pesar de que en 2008 se firmó con el Gobierno mexicano un pacto para respetar, proteger y preservar los sitios sagrados del también llamado pueblo huichol, las concesiones mineras persisten y continúan las denuncias por la falta de estudios de impacto ambiental y por violar el decreto estatal del Área Natural Protegida y Reserva Ecológica de Wirikuta.
Cuando la oposición atrasa proyectos
Organizaciones como Proyecto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ProDESC) han identificado que las empresas transnacionales fomentan las divisiones entre las comunidades afectadas, coludidas con los mandos del gobierno. Rosalía Márquez García, integrante de ProDESC, afirmó que «el Gobierno mexicano omite su obligación de informar y consultar a las comunidades o propietarios de las tierras». En Chiapas, desde el 2009 se anunció el proyecto de la autopista San Cristóbal de las Casas-Palenque, enclave donde residen múltiples comunidades y espacios de interés para el desarrollo turístico. Reviste especial significación que el proyecto recorra el anunciado aeropuerto internacional de Palenque y 70 kilómetros del denominado Corredor Biológico Mesoamericano, incluyendo las cascadas de Agua Azul, blanco turístico más importante de la obra además de la zona arqueológica de Palenque. La carretera, con un ancho de 21 metros para cuatro carriles y una barrera central, reduciría en 2 horas el trayecto entre sendas ciudades. Ejidos como Mitzitón o San Sebastián Bachajón llevan años resistiéndose a la implementación del proyecto. Según han denunciado varios ejidatarios de Mitzitón, los ingenieros de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) han determinado hasta ahora que 10 viviendas tendrán que ser derribadas al encontrarse en el trazo propuesto, y que también serán destruidas milpas y árboles frutales, sus principales medios de producción y subsistencia alimentaria. Que sea por el rechazo de los afectados o por la falta de recursos para terminarla, la construcción de la autopista se encuentra suspendida.
Asambleas comunitarias amañadas
En casos como el de Guerrero y la presa hidroeléctrica en ‘La Parota’, el mecanismo asambleario como sistema de consulta se vuelve inadecuado en términos de lo dispuesto por el convenio 169 de la OIT, ya que se ha excluido a gran parte de la población que podría ser afectada. En 2004 la Comisión Federal de Electricidad (CFE) contaba con los estudios técnicos para la construcción de dicha presa hidroeléctrica, cerca de Acapulco. Su construcción sobre el río Papagayo representaría: la inundación de 13 poblados y de más de 14 mil hectáreas; la reubicación de más de 25 mil habitantes obligados a abandonar sus hogares y afectaría de manera indirecta a 75 mil personas más; y un grave deterioro ambiental. El Consejo de Ejidos y Comunidades Opositores a la presa La Parota (CECOP) es la organización en contra de la iniciativa, que representa el 63% de la tierra que se vería afectada por el proyecto. Desde 2005, se han realizado varias asambleas ejidales para permitir o no la puesta en marcha del proyecto. El CECOP recurrió a la vía legal para impugnar las asambleas en cuatro comunidades en las que los campesinos supuestamente habían dado su acuerdo para la expropiación de sus tierras. Por ejemplo, en abril de 2010, durante una asamblea convocada por autoridades comunales afines al gobierno, habitantes de Cacahuatepec aprobaron la expropiación de más de 1.300 hectáreas de tierras a favor de la presa. La asamblea fue vigilada por 600 policías que impidieron la entrada a los integrantes del CECOP, motivo por el que estos demandaron la nulidad de la asamblea al Tribunal Unitario Agrario (TUA) que la aceptó un año después. El Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan enfatizó: «con [dicha resolución] suman CINCO JUICIOS resueltos a favor de los comuneros y ejidatarios opositores a La Parota». La oposición de unas comunidades y disposición de otras a aceptar la indemnización por la destrucción de sus tierras por la construcción del proyecto ha dividido a las poblaciones locales. La polarización ha provocado en los últimos años varios muertos, heridos graves y detenciones.
Ante proyectos de «desarrollo«, ¿por qué la falta de consulta?
Parece sistemática la ausencia de voluntad de inclusión de las poblaciones indígenas en los procesos de consulta por parte del gobierno mexicano. Una hipótesis para esta falta de interés por informar y consultar a las comunidades es que supondría una negativa para la realización de la mayoría de los proyectos de desarrollo. Cada vez más investigaciones, de organizaciones civiles y sociales, y estudios universitarios demuestran que los costos medioambientales y sociales que supondrían a las poblaciones locales que serían afectadas, son mucho mayores que los beneficios económicos y de creación de empleo que podrían conllevar si se aprobaran los proyectos de desarrollo. Parece que la falta de consulta oculta un interés que seguiría aventajando a las empresas y autoridades en el poder, pero no a los dueños de las tierras que permanecerían cuando las empresas desaparecieran habiendo aprovechado todos los recursos posibles y con las consecuencias que esto implica. Mina Navarro, profesora en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM, en su ponencia ‘La minería como proyecto global’, declaró: «Las empresas no internalizan los costos ambientales, si pagaran el costo real no serían rentables, no ganarían nada».
Por lo mencionado, se han creado innumerables procesos, redes sociales y organizaciones civiles de oposición a megaproyectos en la República mexicana y casi toda América Latina. Un ejemplo de resistencia a las empresas mineras es la Policía Comunitaria, una organización de los pueblos de las regiones Costa Chica y Montaña en Guerrero, a la que pertenecen 65 comunidades, y articulada por la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias (CRAC). En 2010 y 2011, la CRAC comenzó a liderar el movimiento de lucha contra la entrada de las mineras en la zona. Toda el agua contaminada se va hacia la costa, lo que supone una afectación general, también a los habitantes de otros municipios. Iniciaron la campaña ‘A corazón abierto, defendamos nuestra Madre Tierra en contra de la minería’, que desarrolla un trabajo de divulgación, sobre todo orientado hacia las y los jóvenes, «porque las concesiones son para 50 años, o sea, las pueden guardar ahí y en 30 años sacarlas otra vez. En 30 años nosotros ya no vamos a estar», matizó uno de los coordinadores regionales de la CRAC.