ACTUALIDAD: México – Entre cierres e inicios de administraciones
28/11/2012ARTÍCULO: Los 20 años de caminar de la Coordinación Diocesana de Mujeres
28/11/2012«Para mi práctica diaria la denuncia social ha sido un espacio de reafirmación. Nunca perdí la fuerza para continuar. No lograron romperme. No me robaron la sonrisa«
El pasado 31 de octubre el Comité contra la Tortura (CAT) de Naciones Unidas (ONU) con sede en Ginebra, órgano encargado de vigilar el cumplimiento de la Convención Contra la Tortura, ratificada por México en 1986, abrió su evaluación al Estado mexicano, donde estuvo presente una delegación de más de 30 funcionarios públicos del gobierno federal y de gobiernos estatales.
En sus conclusiones, el CAT expresó su profunda preocupación por la práctica de la tortura en el país, en particular ante el contexto del uso de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública y el «fenómeno de impunidad agravada» en el que permanecen los actos de tortura. Señaló que la reforma penal que pretende cambiar esta práctica mediante la transición a un sistema oral y acusatorio no está siendo eficaz ya que las fuerzas de seguridad y el Ministerio Público siguen utilizando las declaraciones coaccionadas como prueba de cargo en los procesos penales.
Coinciden organizaciones: Práctica sistemática como elemento de investigación
Desde hace meses la práctica de la tortura en México ha sido uno de los temas de preocupación por parte de diversas organizaciones. La Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos «Todos los Derechos para Todas y Todos» (RedTdT) y la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) presentaron un informe sobre la Situación de la Tortura en México (título de dicho informe) ante el CAT, organismo que en visitas anteriores ya había constatado la tortura como una práctica sistemática en México. En esta ocasión, a pesar de las numerosas recomendaciones que los mecanismos de protección de los derechos humanos han expresado en materia de prevención, erradicación y sanción de la tortura en el país, esta práctica ha aumentado considerablemente en el contexto de la lucha contra el crimen organizado.
Amnistía Internacional hizo público su informe 2012: Culpables conocidos, víctimas ignoradas. Tortura y maltrato en México en donde resalta que en los últimos tres años, «el despliegue de 50.000 efectivos del ejército y la marina para desempeñar funciones policiales ha contribuido a este acusado aumento de los informes de tortura y otros malos tratos a manos de militares». Dicha organización internacional señala que no han encontrado ninguna sentencia condenatoria por un delito de tortura. «La falta de actas de acusación, juicios y sentencias condenatorias por tortura y otros malos tratos es reflejo de la incapacidad o falta de voluntad de las autoridades para garantizar la investigación y el enjuiciamiento efectivos e imparciales de los casos», añade.
En el estado de Chiapas por su parte, el 26 de junio en el Día Internacional en Apoyo a las Víctimas de la Tortura se presenta el Informe sobre la Tortura en Chiapas: «De la Crueldad al Cinismo» redactado por el Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas (CDHFBC). Recuerdan en dicho informe que en México la tortura es el mecanismo sistemático y generalizado de investigación policial y de control utilizado por agentes de seguridad pública, a pesar de que existe una normativa vigente en lo local, nacional e internacional para prevenirla y sancionarla.
Otros documentos afirman los mismos términos, como el informe En nombre de la «guerra contra la delincuencia» Un estudio del fenómeno de la tortura en México, realizado por Acción de los Cristianos para la Abolición de la tortura (ACAT-Francia) en colaboración con varias organizaciones de derechos humanos en México, después de una misión de investigación en julio de 2011. La mayoría de los relatos de tortura describen un modus operandi recurrente. Comandos de varios hombres armados, encapuchados, descienden precipitadamente de vehículos sin matrícula. En la calle, en los domicilios, en los coches, maltratan a las personas presentes, y nunca se identifican. Se embarca a la o las personas arrestadas en las camionetas, sin que se les indique el motivo de su detención. Algunas familias informan haber creído entonces que se trataba de un secuestro para obtener dinero del rescate, fenómeno común en México. Cuando sospechan que se trata de una operación de las fuerzas del orden, se presentan en las comisarías, las instalaciones militares y las oficinas de las procuradurías cercanas para averiguar el paradero de su familiar arrestado/a.
El lapso de tiempo que va entre la detención y la presentación de las víctimas ante la autoridad competente, es cuando las personas se encuentran más vulnerables, bajo la custodia de los policías durante el traslado a algún lugar a menudo no oficial de detención y en los momentos posteriores hacia los centros de detención oficiales. Comúnmente, tras la autoinculpación por la tortura, se traslada a los y las detenidos/as a centros de arraigo, que continúan a nivel federal aunque en Chiapas se eliminaron desde junio de 2011 y en Oaxaca en marzo de 2012. La figura del arraigo introduce un régimen de excepción en el sistema penal y atenta contra la presunción de inocencia y el derecho al debido proceso, han advertido organizaciones de derechos humanos. A su vez se mantiene la incertidumbre por desconocer el tiempo de permanencia, a donde serán trasladados y si vendrá alguien a seguir golpeándoles. No obstante, después de la eliminación del arraigo en Chiapas, el CDHFBC documentó la existencia de casas de seguridad, en donde las personas detenidas son torturadas.
De acuerdo con Cecilia Santiago Vera, psicóloga que ha acompañado casos de tortura y que estudia el impacto de la tortura desde 1995: «Todos los presos que yo he conocido han sido torturados, algún método de tortura se empleó, ya sea para inculparlos o para castigarlos. […] Calculamos que el 80% – 90% de las personas que han sido encarceladas han sido golpeadas, torturadas».
Una práctica silenciosa
Es difícil contar con cifras sobre la totalidad de los actos de tortura en México debido a que la mayoría de los casos no son denunciados. Por otra parte, no se cuenta con un registro nacional de denuncias por tortura. A ello se le suma que no se contabilizan los casos que son clasificados como «lesiones» o «abuso de autoridad«, lo que hace difícil comparar los datos a nivel nacional. La Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT), dentro de su programa de Campañas Urgentes, emitió 43 intervenciones entre enero de 2010 y julio de 2012 por casos de tortura y malos tratos en México. Por su parte, en el estudio realizado por la organización internacional Human Rights Watch (HRW) se documentaron más de 170 casos de tortura entre 2009 y 2011.
Por lo general estas agresiones son implementadas con ciertas medidas cuya intención es evitar dejar huellas. La producción sistemática de dolor provoca un sufrimiento que implica la sensación de muerte inminente. Por lo general se genera un ciclo repetitivo de dolor y provocación de sensación de muerte hasta que el o la sobreviviente doblega su voluntad a las pretensiones de que acepten su culpabilidad, en presencia de un Ministerio Público o acercándoles documentos para que sean firmados. La tortura se debe en particular a que la confesión sigue siendo una prueba clave para avalar el proceso de investigación de un delito.
La mayoría de los perpetradores que el CDHFBC identificó son elementos policiacos. El acto de intentar matar a otra persona y a la vez evitar su muerte se convierte entonces en un acto social, un evento socialmente aceptado, convirtiéndose así en la normalización social de la violencia. Se desprende un contexto en donde los actos de tortura, tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, se han convertido en una práctica «normal» y aceptada por las autoridades de procuración, administración de justicia y del sistema carcelario, además de ser tolerada por el Poder Ejecutivo. Esta situación hace que la mayoría de las denuncias presentadas ante el Ministerio Público no procedan y/o encuentren obstrucciones en su proceso.
El CDHFBC registró en el periodo de enero de 2010 a diciembre de 2011, 47 personas sobrevivientes de tortura. Argumenta que «[ l]a tortura se vuelve una forma de control social, sin embargo, a pesar de los temores fundados a la represión que ejercen las fuerzas del Estado, los sobrevivientes de tortura son cada vez más conscientes de la importancia de la denuncia para la erradicación de este delito de lesa humanidad». Señala que cuando alguna de las víctimas indica al Ministerio Público o al juez que fue objeto de tortura, estos funcionarios ignoran por completo lo denunciado, incurriendo en irresponsabilidad jurídica que le obliga la ley en el sentido de investigar y sancionar el delito cometido.
Las víctimas de tortura desconfían de las autoridades judiciales y temen las represalias cuando denuncian, en especial, cuando permanecen detenidas y las penas corporales están acompañadas de amenazas contra los allegados. Josué y Andrés López Hernández, de la comunidad indígena tzotzil en Pueblo Nuevo Solistahucán en Chiapas, decidieron presentar una denuncia por las torturas de las que fueron víctimas en enero de 2011. Muy poco tiempo después, los dos hermanos fueron transferidos al otro lado del Estado de Chiapas, muy lejos de su hogar. La esposa de Andrés, atestigua: «No podemos ir a cada rato a visitarlo porque está lejísimos, a 8 o 9 horas. Nosotras [madre, esposas, hermanas] vamos una vez por mes, cuando tenemos dinero».
México elaboró y publicó en 2003 un manual para la aplicación de un Dictamen médico/psicológico especializado para casos de posible tortura y/o maltrato, un documento basado en el Protocolo de Estambul (manual aprobado por la ONU en 1999 que proporciona un conjunto de directrices de reconocimiento internacional para determinar si una persona ha sido torturada). El primer obstáculo por superar consiste en lograr que los agentes del Ministerio Público acepten recibir y registrar debidamente la denuncia, ya que son los propios servidores públicos los generalmente denunciados. A veces, al presentarla ante un juez, pueden recalificar los hechos como un delito de menor gravedad (abuso de autoridad, lesiones, etc.) y cuyos plazos de prescripción son más cortos.
Los más golpeados: Pobres, pueblos indígenas, movimientos sociales
Una persona, sobre todo si no es ni influyente ni adinerada, incluso sin pasado criminal, puede ser arrestada, torturada y condenada sin haber podido defenderse o hacer valer sus derechos. Basta con que se encuentre en el lugar inapropiado y en el momento menos indicado cuando un caso sacude a la opinión pública, que otra persona lo acuse, generalmente bajo tortura, o que muestre discrepancias con un individuo que goce de cierto poder. En su informe, ACAT Francia hace referencia a la situación mexicana como una «criminalización de la pobreza«, susceptible de aumentar los riesgos de detención arbitraria y de tortura y malos tratos. La presencia de traductores sigue siendo aleatoria; un detenido indígena se verá más fácilmente obligado a firmar una declaración sin comprenderla o por el contrario, verse impedido de realizar una denuncia.
David Potenciano Torres fue detenido en mayo de 2011 en Palenque, Chiapas, por elementos de la Fiscalía Especializada contra la Delincuencia Organizada (FECDO), que allanaron su departamento y le pusieron una franela en la boca, le empezaron a echar agua en la nariz, mientras lo acusaban de haber matado a un ganadero de nombre Pedro Fonz Ramos. El día 28 de diciembre de 2011, David Potenciano fue puesto en libertad, bajo la figura jurídica de desistimiento de la acción penal, promovida por la PGJE, en un acto mediático con la presencia del gobernador de Chiapas Juan Sabines Guerrero. A David Potenciano nunca se le dio una explicación de la detención arbitraria y tortura de la cual fue objeto.
Cecilia Santiago expresó: «Para mí, es una estrategia: el uso de la tortura para encarcelar y entonces justificar que existe la delincuencia organizada, y por eso necesitamos tener más ejército y recibir más dinero de los Estados Unidos, y controlar las calles». La tortura se convierte en un método de represión para movimientos sociales que consideran amenazadores, y así silenciar la protesta social.
En Oaxaca, el sindicalista Marcelino Coache fue arrestado y torturado por primera vez en diciembre de 2006 en el marco de la represión de la Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca (APPO). En 2009, de nuevo lo detuvieron en secreto y lo torturaron violentamente, después lo dejaron tirado y abandonado. Entre 2008 y 2011, presentó 11 denuncias por tortura, amenazas telefónicas de muerte, robos y heridas, incluso sus familiares han recibido múltiples amenazas. Hasta la fecha no ha habido ninguna resolución a sus denuncias.
La familia de Margarita Martínez Martínez y Adolfo Guzmán decidió abandonar el estado de Chiapas ya que han recibido amenazas en numerosas ocasiones, después de haber denunciado el allanamiento de su entonces domicilio en Comitán de Domínguez, en noviembre de 2009. A raíz de esta denuncia penal, Margarita Martínez ha sufrido un secuestro y tortura sexual en febrero de 2010 así como hostigamiento y amenazas de muerte en noviembre de 2010. Por esta situación, la familia cuenta con medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
En el caso de los Campesinos Ecologistas Rodolfo Montiel Flores y Teodoro Cabrera García, defensores de los bosques de la Sierra de Petatlán en el estado de Guerrero, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) dispuso la regla de exclusión de pruebas obtenidas bajo tortura. Afirma que las declaraciones obtenidas mediante coacción no suelen ser veraces pues la persona intenta aseverar lo necesario para lograr que los tratos crueles o tortura cesen. Asimismo, estableció que, tal y como sucedió en el caso de Montiel y Cabrera, el hecho de que se ratifique una confesión ante una autoridad distinta no conlleva automáticamente a que dicha confesión sea válida puesto que la confesión posterior puede ser consecuencia del maltrato que padeció la persona y del miedo que subsiste después de este tipo de hechos. Hay que añadir que Guerrero es el único estado que no cuenta con una ley especial en cuestión de tortura ni está tipificado como delito en el Código Penal.
Tortura sexual
Es importante mencionar que en los casos de tortura cometidos contra mujeres los métodos utilizados tienen una connotación sexual. La violencia sexual es una de las armas privilegiadas y elegidas por los perpetradores para degradar moralmente a las mujeres, humillarlas y aplicar un castigo diferencial de acuerdo al género. No se trata de comportamientos individuales aislados, sino de un fenómeno estructural.
Italia Méndez Moreno, una de las 27 mujeres que denunciaron violación sexual en el operativo del 3 y 4 de mayo de 2006 que se llevó a cabo en San Salvador Atenco, expresó: «No se trató de una violación. Si me pasara lo mismito saliendo del trabajo, de una fiesta o de la escuela y me suben a un carro y unos cabrones me hacen lo mismo que me hicieron en Atenco, te creo que sea violación, pero no puede tener el mismo tratamiento, el mismo discurso, cuando son elementos del Estado, en un hecho concertado en el que participan todas las fuerzas políticas de este país y en el que después de que ocurre todo mundo guarda silencio; es parte de una violencia de Estado; eso es tortura». Otra de las mujeres que forman parte del proyecto fotográfico Mirada Sostenida, un acercamiento a las sobrevivientes de tortura sexual en Atenco, Suhelen Cuevas declaró: «La humillación de los policías nos quiso hacer creer que como mujeres no servíamos, que no teníamos que estar en ese lugar».
El objetivo de conseguir confesiones culpatorias
A la fecha, el Estado mexicano ha presentado cuatro informes periódicos ante el CAT, de 1988 a 2004. A pesar de que en la República se introdujeron «reformas constitucionales al sistema de justicia penal», a la ley de amparo, la introducción de protocolos de uso de la fuerza, y «la implementación del Protocolo de Estambul», como menciona un comunicado gubernamental al respecto del tema de la tortura en el país, el CAT concluyó que la reforma penal que pretende cambiar esta práctica mediante la transición a un sistema oral y acusatorio no está siendo eficaz ya que las fuerzas de seguridad y el Ministerio Público siguen utilizando las declaraciones coaccionadas como prueba de cargo en los procesos penales. Tanto el CAT como las organizaciones que presentaron informes sobre la materia, afirman que es el mismo sistema deficiente de investigación el que mantiene la práctica de la tortura, ya que se necesitan autoinculpados para obtener culpables.