ACTUALIDAD: México: A seis meses del cambio de gobierno
30/05/2019ARTÍCULO: #MeTooMX – El grito de las mujeres en un contexto de violencia omnipresente
30/05/2019El 17 de mayo el Comité contra la Tortura de la Organización de las Naciones Unidas (CAT, por sus siglas en inglés), se pronunció después de la evaluación en la materia a la que se presentó México en el mes de abril.
Emitió 98 recomendaciones que el gobierno mexicano se comprometió a analizar y trabajar: “México continuará abierto al escrutinio internacional y pondrá un énfasis especial en que la cooperación que los diversos organismos, agencias y países han ofrecido, se dirija a hacer efectivo el marco jurídico existente para asegurar el pleno disfrute de los derechos humanos en México, así como a perfeccionarlo, cuando así se requiera”. Las autoridades mexicanas tendrán un año para presentar nuevos avances en cuanto a su cumplimiento.
El Comité contra la Tortura (CAT) está formado por diez expertos independientes, que monitorean la implementación de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (TPCID) por parte de sus Estados parte. Dicha convención entró en vigor en 1987. Todos los países firmantes deben presentar al Comité informes periódicos sobre la manera en que se cumple con los derechos contemplados en la misma. Inicialmente, los Estados deben informar al cabo de un año después de haberse firmado la adhesión, y posteriormente una vez cada cuatro años. El Comité examina cada informe y expresa sus preocupaciones y recomendaciones al Estado parte en forma de «observaciones finales»(1).
En cada una de estas presentaciones, un gran número de redes, organizaciones y colectivos de la sociedad civil han armado informes “sombra” sobre la situación de tortura en el país. Así también fue presentado, en abril de 2019, el “Informe Alternativo de las Organizaciones de la Sociedad Civil de México”. Su diagnóstico refiere que la práctica actual de tortura en el país es “endémica” y “generalizada”, resaltando que “de 2012 a la fecha, el gobierno mexicano ha recibido 12 mil denuncias por actos de tortura presuntamente cometidos por la Policía Federal, Sedena, Fiscalía General e el Instituto Nacional de Migración, entre otros organismos”.
De un mismo modo, los resultados de la Encuesta Nacional a la Población Privada de Libertad, publicado por el Estado en el 2017, muestran que el país sigue en una grave crisis en materia de tortura. Fue “levantada en la totalidad de centros penitenciarios del país, misma que permite apreciar en parte el uso de la tortura en el sistema de procuración de justicia(2): el 75,6% de las personas sufrió violencia psicológica y el 63,8% violencia física en el arresto(3), y al estar ante el Ministerio Público (MP), el 49,4% fue incomunicada(4), el 39,4% recibió patadas o puñetazos y más del 23% recibió golpes con algún objeto y lesiones por aplastamiento(5), entre otros muchos reportes de violencia”.
Además, según el Co-Relator de la Comisión para México, Diego Rodríguez-Pinzón, el diagnóstico resaltó que predomina un clima de impunidad ya que sólo el 7% de los delitos fueron denunciados y únicamente el 4,6% de los delitos investigados dieron lugar a condenas. Por su parte, la Unidad Especializada de Investigación del Delito de Tortura de la Procuraduría General de la República, creada en el 2015, informó en febrero de 2018 que había abierto 8.335 investigaciones por este delito, pero sólo había ejercitado acción penal en 17 casos(6).
En la más reciente evaluación ante el CAT, Marta Delgado Peralta, Subsecretaria de Asuntos Multilaterales y Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de México resaltó que con el cambio de gobierno en diciembre de 2018, existe un nuevo contexto en el país que coincide con “una nueva visión del país, con el pleno respeto a los derechos humanos como pilar fundamental.” Afirmó que la problemática ha disminuido en los dos últimos años. En avances, informó que en junio de 2017 fue promulgada la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos Crueles Inhumanos y Degradantes (LGPIST). Esta ley tiene como objetivos distribuir las facultades de las distintas autoridades para investigar, juzgar y sancionar la tortura, tipificar correctamente este delito, y establecer medidas de atención, ayuda, asistencia, protección y reparación para las víctimas sobrevivientes. Ciertamente, hasta la fecha no se ha cumplido con el quinto transitorio de la Ley general que señala que “la Procuraduría General de la República contará con un plazo de ciento ochenta días siguientes a la fecha en que el presente Decreto entre en vigor, para expedir el Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes”. Delgado Peralta reconoció que la problemática sigue siendo “difícil y crítica”, en particular en los estados y reiteró el firme compromiso de México de erradicar la impunidad y garantizar que sus instituciones estén libres de tortura.
Entre los más vulnerables: Los indígenas del país
En entrevista con SIPAZ, el abogado del Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas (Frayba), Gilberto Hernández expresó que romper con la corrupción será el reto más grande para lograr que las instituciones estén libres de tortura. El Frayba documentó que casi siempre las investigaciones en contra de perpetradores de tortura -en su mayoría personal del ministerio público, las fiscalías o policías ministeriales-, están investigados por personas de las mismas instituciones, y en algunos casos conocidos quienes se “defienden” entre sí. En otros elementos de preocupación, mencionó que en noviembre de 2018, más de 100 organizaciones civiles denunciaron el nombramiento de Jorge Luis Llaven Abarca por el ex Gobernador de Chiapas, Manuel Velasco Coello, como nuevo fiscal del Estado después de ser titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, a pesar de varias denuncias en su contra, entre ellas algunas por tortura. Tanto la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH)(7) como la Comisión Estatal de Derechos Humanos(8) emitieron recomendaciones que lo vinculan a dichas denuncias.
“En Chiapas, a pesar de los mensajes del gobierno que mencionan que hay voluntad política, no creemos que la situación mejore en los próximos años”, planteó el Frayba. Desde el 15 de marzo pasado, de manera organizada, presos indígenas de cinco penales del Estado, y sus familiares acompañados por organizaciones civiles, iniciaron una serie de acciones para visibilizar su situación. A través de una huelga de hambre, estos presos exigieron su libertad, mejores condiciones carcelarias, y justicia por actos de tortura cometidos en su contra. Algunos de ellos presos llevan 15 años encarcelados, sin recibir una sentencia.
Gilberto Hernández explicó que ha revisado algunos de los expedientes de los reclusos organizados, en los que hay evidencia de detenciones arbitrarias y torturas como método para autodeclararse culpables de delitos que posiblemente no cometieron. Ante las exigencias de los presos, el gobierno del estado revisó algunas carpetas de investigación y comunicó al Frayba que no encontró información que muestre que hubo tortura (aunque luego reconoció que en algunos casos sí). El abogado Hernández rescató que no es el único caso, sino que es una problemática a nivel (inter)nacional. Expresó no saber si esta respuesta es por la falta de voluntad política, incapacidad o como parte de una estrategia para desgastar a las víctimas, familiares y aboga-dos con el objetivo que dejen de exigir que se respeten sus derechos humanos. Tanto las instancias internacionales, como las organizaciones de la sociedad civil coinciden en que un factor estructural que perpetúa la impunidad es la falta de independencia, imparcialidad y eficacia de las y los profesionales a cargo de realizar la documentación e investigación de las denuncias de tortura(9).
Muchas personas indígenas privadas de la libertad no la denuncian por desconocer cómo hacerlo o por temor a represalias hacia ellas o sus familias. La mayoría de quienes deciden hacerlo es criminalizada o presionada para desistir de su acción. Además, la documentación e investigación se realizan sin observar estándares internacionales en la materia.
Limitaciones en la implementación de los mecanismos de protección
Uno de estos estándares es el Protocolo de Estambul, que fue el primer conjunto de normas internacionales para documentar la tortura y sus consecuencias. El protocolo es un manual que se ha preparado para ayudar a los Estados a poner en práctica uno de los aspectos más fundamentales de la protección de los individuos contra la tortura: una documentación eficaz. Esta documentación saca a la luz pruebas de tortura y malos tratos de manera que se pueda exigir a los torturadores que den cuenta de sus acciones y servir así al interés de la justicia. Según expertos, este mecanismo fue “mexicanizado” por el mal uso “por parte de las autoridades que lo han transformado en un instrumento de impunidad”.
Según el último informe del CAT un “mecanismo concreto que bloquea la investigación y sanción de actos de tortura y TPCID, invocado por las autoridades investigativas (ministeriales), judiciales y hasta por los organismos públicos de derechos humanos (sistema Ombudsman), son los peritajes médico-psicológicos. Las autoridades suelen reducir la investigación de la tortura al resultado de estos peritajes internos -erróneamente llamados “Protocolos de Estambul”-, mismos que generalmente se realizan tardíamente por personal no independiente y sin apego al verdadero Protocolo de Estambul(10). Esto crea un ciclo vicioso: sin peritaje, las autoridades suelen considerar que no se puede acreditar la tortura, pero al someterse a un peritaje viciado, el resultado previsible es un dictamen ‘negativo’, lo cual igualmente se considera como indicador de que no hay tortura”.
Esto resultó en que frecuentemente las personas son halladas culpables en base a las confesiones obtenidas bajo tortura o malos tratos admitidas por jueces con el argumento que la víctima no había probado la tortura(11).
Todo esto a pesar que el derecho internacional establece que, una vez presentada una alegación de tortura o malos tratos, corresponde al Estado probar que la misma no ocurrió, y a los jueces disponer la inmediata eliminación de la prueba.
Un ejemplo de estas irregularidades es el caso de los presos del Consejo de Ejidos y Comunidades Opositores a la Presa la Parota (CECOP), defensores de los derechos humanos del Estado de Guerrero, entre los que al menos 8 fueron torturados luego de un mega operativo en enero de 2018. El CDH Tlachinollan consideró que “el ministerio público obtuvo mediante tortura, detenciones arbitrarias e incomunicación varias pruebas con las cuales se les ha llevado a juicio.” Las agresiones sufridas por las personas detenidas y torturadas incluyeron golpes, amenazas de muerte, simulación de ejecución extrajudicial, tortura sexual y tortura física. Aunque desde el inicio del juicio se alegó tortura, no existe ningún avance en la investigación(12).
El uso del aparato judicial en la criminalización de las defensoras y defensores de los derechos humanos
Otra gran preocupación también presente en el caso de los presos del Cecop es la criminalización de la protesta social, que ha llevado al encarcelamiento de decenas de personas defensoras de derechos humanos durante los últimos años.
Particularmente en el estado de Oaxaca, caracterizado por una larga historia de criminalización contra integrantes del movimiento social, en 2017 y 2018, al menos 141 personas defensoras fueron detenidas de manera arbitraria, según la Asociación Civil Feminista Para el Diálogo Parlamentario y la Equidad Consorcio Oaxaca. Esta misma fuente registró un total de 93 ataques contra personas defensoras y periodistas en el primer trimestre de 2019.
El Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de la ONU (GTDA) ha emitido 8 Opiniones sobre personas defensoras de derechos humanos de México(13), de cual 6 casos son de Oaxaca. “En su Opinión 56/2015(14), el GT reconoce un patrón de detenciones arbitrarias contra personas defensoras en México, en su mayoría indígenas, documentando sistemáticamente incomunicación, tortura y graves violaciones al debido proceso”(15).
Las organizaciones de la sociedad civil y diferentes instituciones internacionales se preocupan también por el tema de la seguridad pública, ya que “el gobierno federal y el Congreso de la Unión han avanzado dos propuestas que tendrían el efecto de aumentar el riesgo de ser víctima de tortura y otras violaciones a derechos humanos: la creación de una Guardia Nacional militarizada” y el aumento de la lista de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa: “Esta iniciativa es particularmente alarmante por ser contraria a la presunción de inocencia y al debido proceso, y por el previsible impacto negativo que tendrá en poblaciones ya vulnerables a detenciones arbitrarias”.
Migrantes, el temor de denunciar abusos por su condición migratoria
El hecho de ser migrante, en movimiento o pidiendo asilo, y aún más al ser mujer, LGBTIQ, víctima de trata, niña, niño, adolescente o indígena aumenta aún más la vulnerabilidad de sufrir violaciones de derechos por parte de autoridades, el crimen organizado o la población mexicana.
La organización Sin Fronteras, tras 15 años de monitoreo reportó que la tortura, malos tratos y corrupción masiva ocurre principalmente en Estaciones Migratorias, en particular en dos de las estaciones migratorias más grandes del país (Tapachula e Iztapalapa):“En México, la política migratoria ejecutada durante los últimos años conlleva violaciones a derechos humanos contra las personas migrantes y solicitantes de asilo, en gran parte vinculadas a la privación de la libertad por motivos migratorios”.
Por lo mismo, organizaciones civiles han recomendado al Estado mexicano realiza “reformas legislativas y estructurales en la política migratoria para diseñar mecanismos que renuncien a la detención como práctica sistemática y generalizada, de forma que la detención por motivos migratorios pase a ser un último recurso y no la regla”.
Afectaciones diferenciadas para mujeres e integrantes de la comunidad LGBTIQ en situaciones carcelarias
En México 7 de cada 10 mujeres país han sufrido algún tipo de violencia machista. Las mujeres comenzaron a enfrentarse a otro tipo de violencia letal adicional a partir de la “guerra contra las drogas”: los homicidios en el espacio público con armas de fuego. La guerra contra las drogas tuvo también el resultado que aumentó la cifra de mujeres quienes son perseguidas por delitos contra la salud, es decir los delitos denominados “de la producción, tenencia, tráfico, proselitismo y otros actos en materia de narcóticos”, que resultó en más ingresos a prisión. Tanto la detención como el encarcelamiento son escenarios que, constantemente, posibilitan actos de tortura y TPCID(16).
De acuerdo con lo documentado por organizaciones civiles al representar, acompañar o estudiar la situación de mujeres privadas de la libertad, el sistema penitenciario mexicano es omiso en aplicar la perspectiva de género, dejando a las mujeres en una situación de vulnerabilidad que incluye la ausencia de servicios adecuados a las necesidades propias de su género(17), siendo lo anterior un TPCID que genera situaciones potencialmente torturantes(18).
En relación con los peritajes médico-psicológicos para mujeres la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH) ha identificado la ausencia de peritajes que incorporen una perspectiva de género.
La Relatoría sobre Tortura ha mostrado su alarma debido al gran número de denuncias por tortura y malos tratos a mujeres, incluyendo la violencia sexual, agregando que, en la mayoría de los casos no hay investigación o los casos son minimizados por las autoridades, y las sobrevivientes son revictimizadas cuando denuncian o se someten a exámenes médicos(19).
La comunidad de personas lesbianas, gays, bisexuales, transexuales, intersexuales y queers (LGBTIQ) se encuentra en una situación aún pero por homofobia y estereotipos. “Dentro de los centros penitenciarios mexicanos son víctimas constantes de violencia (…) la Comisión Estatal del Distrito Federal hizo notar la urgente necesidad de acciones y protocolos de protección para las personas LGBTI en reclusión para evitar agresiones y discriminación en su contra.”
Un ejemplo y excepción a la regla de impunidad, son los casos de Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú, dos mujeres indígenas me‘phaa de Guerrero, torturadas sexualmente por elementos de las fuerzas armadas en 2002. El Estado Mexicano fue condenado por la Corte IDH sobre el caso y existen juicios contra los torturadores, y en uno se dictó en junio del 2018 una sentencia histórica, al responsabilizar por primera vez a elementos militares por actos de tortura sexual. Sin embargo, luego de la sentencia los inculpados han acudido al juicio de amparo; es decir, la sentencia aún puede revertirse. De todos modos organizaciones de la sociedad civil mencionaron que la presión internacional fue fundamental para que se dictara una sentencia con perspectiva de género e interculturalidad(20).
El largo camino para erradicar la tortura y la importancia de la participación de víctimas, familiares y la sociedad civil
En abril de este año, con el objetivo de “discutir retos comunes, mejorar, fortalecer y superar obstáculos en la lucha contra la tortura” 16 abogados de 10 organizaciones de los países de Guatemala, El Salvador, Honduras, Colombia, Venezuela, Perú, Paraguay, Chile, Argentina y México conformaron el Grupo de Litigantes contra la Tortura en América Latina. El grupo cuenta con el apoyo y asesoría de la Organización Mundial contra la Tortura (OMCT), con sede en Ginebra, Suiza.
Confirmaron que la práctica de tortura es endémica, que se da de muchas formas en todas las naciones, por lo que se unieron para poder ‘’realizar acciones comunes, como un sólo grupo (…) lo que estamos haciendo es algo único, pues que sepamos nunca ha ocurrido en el continente, que es el tiro de salida de lo que será un grupo de litigantes o abogados que luchan contra la tortura y la impunidad a nivel regional de América Latina”.
El abogado Gilberto Hernández del Frayba, quien coordina el grupo, rescató en entrevista que las y los expertos abogados acompañarán los casos de este delito ante tribunales nacionales e internacionales de manera coordinada, y que se compartirán diferentes estrategias en el combate de la tortura. Una de ellas que se considera positiva es acceder a los Naciones Unidas para que se pronuncien sobre casos específicos como forma de presión al Estado mexicano, ya que el proceso a través de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) es largo y lento (ver el ejemplo del caso Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú).
La organización entre las víctimas, sobrevivientes, sus familiares y la sociedad civil también es importante en el proceso hacia mayor respeto a los derechos humanos. Esto vimos también cuando las diferentes facetas se organizaron para la creación de una ley General de Tortura, que actualmente establece que la sociedad civil participará en el Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Tortura, aportando sus diagnósticos y perspectivas (Art. 69). Actualmente un grupo amplio de organizaciones, quienes caminan de la mano de las víctimas, colabora en la construcción de una propuesta desde la sociedad civil para el Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Tortura. Es importante recordar que los cambios legales solo permean en la realidad si existe un contexto de exigencia para ello a lo largo del tiempo y de manera constante y aguda(21).
Fuentes
- Naciones Unidas: Séptimo informe periódico que México debía presentar en 2016 en virtud del artículo 19 de la Convención
- Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad (ENPOL 2016), Principales Resultados.
- Ibíd., p. 25-26
- Ibíd., p. 35
- Ibíd., p. 36
- Centro ProDH: 10 preguntas clave sobre la Ley General contra la Tortura
- CNDH, Recomendación 26/2002,
- Comisión Estatal de Derechos Humanos de Chiapas, Recomendación 1/2002. No disponible en línea. Comisión Estatal de Derechos Humanos de Chiapas, Recomendación 7/2005. No disponible en línea. Ver “Exigimos la destitución de Jorge Luis Llaven Abarca como Fiscal General del estado de Chiapas”, 11 de diciembre de 2018,
- INFORME ALTERNATIVO DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL DE MÉXICO AL COMITÉ CONTRA LA TORTURA DE LA ONU 2012-2019
- Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Situación de derechos humanos en México (2016), párr. 308-310.
- Informe del Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes: Misión a México, A/HRC/28/68/Add.3, 29 de diciembre de 2014, párr. 55-56.
- INFORME ALTERNATIVO DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL DE MÉXICO AL COMITÉ CONTRA LA TORTURA DE LA ONU 2012-2019
- Opinión 23/2014 Damián Gallardo Martínez, opinión 18/2015: Pedro Canché Herrera, opinión 19/2015: Librado Baños Rodríguez, opinión 55/2015: Enrique Guerrero Aviña, opinión 56/2015: Nestora Salgado García, opinión 17/2016: 25 integrantes de Frente Popular Revolucionario (ahora Sol Rojo), opinión 23/2017: Pablo López Alavéz, y opinión: 24/ 2017 Mario Olivera Osorio.
- Opinión 56/2015: Nestora Salgado García, diciembre 2015,
- Ibíd., párr. 42.
- INFORME ALTERNATIVO DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL DE MÉXICO AL COMITÉ CONTRA LA TORTURA DE LA ONU 2012-2019
- Entiéndase: espacios, infraestructura y atención médica adecuada (sobre todo para mujeres embarazadas y lactantes) con acceso periódico a ginecólogos y demás personal especializado.
- La condición femenina se combina con otros elementos que generan mayor vulnerabilidad para la mujer, por lo que la privación de la libertad conlleva para ellas un mayor riesgo de sufrir torturas o malos tratos. Véase, CAT, Observación General No. 2, 24 de enero de 2008, Doc. CAT/C/GC/2, párr. 22.
- Informe del Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes: Misión a México, A/HRC/28/68/Add.3, 29 de diciembre de 2014, párr. 28.
- En dicha sentencia la jueza de distrito reconoce que la simple violación cometida por elementos militares constituye un acto de tortura dado que se busca infringir y humillar a la mujer de manera irreparable. Además, se reconoce el entorno de coacción generado por las fuerzas armadas, lo que produjo una asimetría de poder evidente entre los elementos militares y Valentina, quien se encontraba en un estado de vulnerabilidad al ser mujer, indígena y por ser menor de edad, frente a elementos militares armados.
- 10 preguntas clave sobre la Ley General contra la Tortura, Centro ProDH